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En este blog se plantearán temas de debate sobre la actualidad del sector inmobiliario con el objetivo de recoger una opinión general.

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Los resultados de las encuestas y los comentarios se publicarán en nuestra página web.


jueves, 18 de febrero de 2010

REFORMA DE LA LEY URBANISTICA VALENCIANA

La Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y vivienda ha expuesto en días pasados el borrador para la reforma de la Ley Urbanistica Valenciana (LUV), invitando a toda la sociedad civil a participar, aportando sus ideas, hasta el día 22 de marzo de 2010.
El borrador pretende impulsar el dinamismo económico y la calidad ambiental de cada pueblo de la Comunidad Valenciana y sus objetivos se basan en tres pilares fundamentales:

•Impulsar, agilizar, simplificar y flexibilizar las tramitaciones urbanísticas
•Adecuar la legislación urbanística valenciana a la normativa estatal y comunitaria
•Armonizar el desarrollo urbanístico con la sostenibilidad ambiental

La principal novedad del texto es que se limitan las grandes reclasificaciones de terreno, que en la práctica han derivado en algunos casos en situaciones de ilegalidad y de abusos, acabando con los planes parciales reclasificatorios y reforzando la figura del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) como instrumento marco para propiciar el crecimiento de los municipios.
Se limita la reclasificación del suelo a lo "estrictamente necesario", esto significa que los municipios podrán crecer, pero con arreglo a criterios racionales. No se autorizarán, por ejemplo, actuaciones que supongan un incremento superior al 20% de la población de la localidad.
Se establecen medidas contra la especulación en relación a los incendios forestales y se organizan mecanismos de control desde el principio de la tramitación de los planes generales (base de la ordenación del territorio), consistiendo el primer paso en la elaboración de la evaluación ambiental, es decir, el impacto sobre el territorio de la actuación.
La futura ley prevé suprimir algunas de las figuras actuales, como el concierto previo y la protección ambiental deberá ser la base sobre la que se apoye cualquier plan.
Otro aspecto de esta ley es la modificación de la figura del agente urbanizador, que seguirá teniendo poderes de gestión urbanística pero sin decisión en el planeamiento. Además, la normativa no tendrá carácter retroactivo, es decir, que no afectará a las actuaciones ya iniciadas.
Después de recogidas las sugerencias de los diferentes colectivos, la información se remitirá a los expertos que han desarrollado el borrador para valorar su incorporación, tras lo cual se iniciará la negociación política y su debate en Les Corts.